PREGUNTAS BASICAS TRIBUTACION

IMPUESTOS.-

  • Qué son impuestos?

 

Son obligaciones que las personas que viven en un Estado deben pagar, cuando cumplen determinados presupuestos.

Los impuestos sirven para que el Estado pueda financiar los gastos que la sociedad requiere: hospitales, escuelas, policía, etc.

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS.-

  • Qué es el SRI?

 

Es una Institución del Estado que se encarga de recaudar ciertos impuestos, por ejemplo, el impuesto a la renta o el IVA.

DEBERES TRIBUTARIOS.-

  • Cuáles son mis deberes tributarios si realizo una actividad económica?

 

Las principales obligaciones tributarias de una persona que realiza una actividad económica son:

  • inscribirse en el RUC;
  • emitir y entregar comprobantes de venta autorizados por el SRI por todas sus transacciones;
  • Presentar declaraciones de impuestos de acuerdo a su actividad económica.

 

RUC

  • Qué es el RUC?

 

El RUC (Registro Único de Contribuyentes) es un registro de todas las personas que se consideran contribuyentes de impuestos. Está a cargo del SRI.

  • Cómo me inscribo en el RUC?

 

Debe acercarse a la oficina del SRI de su ciudad, con los siguientes requisitos:

  • Original y copia a color de la cédula vigente.
  • Original del certificado de votación.
  • Original y copia de un documento que indique la dirección del lugar en el que realizará la actividad, pueden estar o no a su nombre. Por ejemplo:

 

    • Planilla de servicios básicos (agua, luz o teléfono) de los  últimos tres meses anteriores a la fecha de inscripción.
    • Estado de cuenta bancario, o del servicio de televisión pagada, o de telefonía celular o de tarjeta de crédito, de los últimos tres meses.

 

    • Comprobante de pago del impuesto predial.  Debe corresponder al del año en que se realiza la inscripción o del inmediatamente anterior.
    • Contrato de arrendamiento (puede estar vigente o no) conjuntamente con el comprobante de venta válido emitido por el arrendador correspondiente a uno de los últimos tres meses anteriores a la fecha de inscripción.   El emisor del comprobante deberá tener registrado en el RUC la actividad de arriendo de inmuebles.

 

    • Escritura de propiedad o de compra venta del inmueble, debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad, o certificado del registrador de la propiedad el mismo que tendrá vigencia de 3 meses desde la fecha de emisión.
  • Si dejo de realizar una actividad económica, puedo suspender el RUC?

 

Sí. Para el efecto, se debe llenar una solicitud de cancelación que se debe presentar en el SRI, en la que se deben indicar las razones para la suspensión del RUC (terminación de actividades o ausencia del país).  A la solicitud se deben acompañar las copias de la cédula y papeleta de votación.

 

COMPROBANTES DE VENTA

  • Qué son comprobantes de venta?

 

Son documentos autorizados previamente por el SRI, que respaldan las transacciones efectuadas por los contribuyentes en la transferencia de bienes o por la prestación de servicios o la realización de otras transacciones gravadas con tributos.

Las facturas son el comprobante de venta más utilizado. Deben emitirse para acreditar la transferencia de bienes o la prestación de servicios.

La no emisión de comprobantes de venta se sanciona por el SRI.

  • Cómo puedo obtener comprobantes de venta?

 

Se debe acercar a una imprenta autorizada por el SRI (generalmente están ubicadas cerca de las oficinas de la Institución) con su cédula y RUC. La imprenta solicitará autorización al SRI para imprimir sus facturas. Dependiendo de la imprenta, las facturas pueden estar listas en un plazo muy corto (incluso el mismo día).

  • Cuál es el plazo de validez de los comprobantes de venta?

 

La validez de los comprobantes de venta se encuentra condicionada a un tiempo de vigencia dependiendo del comportamiento tributario del contribuyente, según se explica a continuación:

  • 1 año cuando el contribuyente está al día en sus obligaciones tributarias.

 

  • 3 meses cuando el contribuyente tiene pendiente alguna obligación tributaria. Este permiso se otorga una sola vez, hasta que el contribuyente regularice su situación.

No se autoriza la emisión de comprobantes de venta cuando el SRI ha otorgado la autorización por 3 meses y el contribuyente continúa sin cumplir con sus obligaciones tributarias pendientes. Tampoco se concede autorización si al contribuyente no se le ubica en el domicilio declarado o el RUC se encuentra cancelado.
Es importante mencionar que el contribuyente debe mantener en archivo los comprobantes de venta durante 7 años.

  • Cómo lleno las facturas?

 

Los comprobantes de venta podrán ser llenados en forma manual, mecánica o a través de sistemas computarizados. Las facturas en original y copia deben ser llenadas en forma simultánea mediante el uso de papel carbón, carbonado o autocopiativo químico; en cualquier caso las copias deberán ser idénticas al original, caso contrario no serán válidas

  • Qué sucede si emito una factura con errores?

 

Un comprobante de venta emitido con errores no es válido, y el SRI puede sancionar al emisor.

  • Qué hago si me roban o se pierden facturas?

 

Se debe realizar una denuncia ante la policía y posteriormente, máximo en el plazo de 15 días, se debe dar de baja a las facturas mediante una comunicación al SRI.

  • Se pueden emitir facturas electrónicas?

 

El SRI ha implementado un ssistema para la emisión de comprobantes de venta mediante mensajes de datos (facturas electrónicas). Para acceder a ésta modalidad de emisión se debe enviar una solicitud mediante la aplicación disponible en la página web del Servicio de Rentas Internas, y sujetarse a la normativa que para el efecto ha dicatdo dicha Institución.

 

PRESENTACION DE DECLARACIONES

  • En qué consiste la obligación de presentar declaraciones?

 

Las declaraciones de impuestos son el medio para pagar los impuestos. Son formularios creados por el SRI para cada tipo de impuesto. Por ejemplo:

  • El formulario 101 sirve para que las sociedades declaren el impuesto a la renta.
  • El formulario 102A sirve para que las personas naturales que no llevan contabilidad presenten su declaración del impuesto a la renta.
  • El formulario 104 sirve para la declaración del IVA.

 

Las declaraciones se realizan mediante internet. El contribuyente debe acercarse al SRI a solicitar una clave.

En ambos casos, el pago se debe realizar en un Banco autorizado.

  • Cuándo se deben realizar las declaraciones de impuestos?

 

Depende de cada impuesto, así:

  • Impuesto a la renta.-

 

La declaración se realiza una vez cada año. Se la puede efectuar desde el 1 de febrero hasta el día de marzo que corresponda con el noveno dígito del número del RUCm en el caso de personas naturales, y abril, en el caso de sociedades.

  • IVA.-

 

La declaración se realiza cada mes. La fecha máxima se verifica de has acuerdo con el noveno dígito del número del RUC.

Existen casos especiales en los que la declaración se realiza semestralmente, que son: i) profesionales y arrendatarios de bienes muebles; ii) personas que venden bienes o prestan servicios gravados en su totalidad con tarifa 0% del IVA.

 

  • Qué sucede si no declaro mis impuestos en las fechas máximas indicadas?

 

Se generan intereses y multas tributarias.

 

IMPUESTO A LA RENTA.-

  • Cómo calculo el impuesto a la renta?

 

El impuesto a la renta es anual. Para calcularlo, hay que considerar todos los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal, es decir, del 1ro. de enero al 31 de diciembre.

No obstante, la ley permite restar (deducir) de los ingresos dos tipos de egresos:

  • Los gastos necesarios para generar el ingreso y,
  • Los gastos personales del contribuyente, en el caso de personas naturales.

 

  • Qué son gastos necesarios para generar el ingreso?

Son aquellos egresos realizados por el contribuyente que guardan relación con su actividad económica. Por ejemplo, si el contribuyente es un abogado, puede deducir de sus ingresos los gastos necesarios para mantener su oficina, papelería, personal, etc.

  • Qué son gastos personales?

 

Son los egresos que realiza una persona natural y que no tienen relación con su actividad económica. Estos gastos pueden ser propios, es decir, de la persona que efectúa el gasto, de su cónyuge o de los hijos menores de edad o con discapacidad que dependan de ésta persona.

  • Puedo deducir todos los gastos personales en que incurra?

 

No, únicamente es posible deducir los gastos de alimentación, salud, vivienda, educación y vestimenta.

  • Cuáles son los gastos de vivienda que puedo usar como deducibles?

 

Entro otros, los siguientes:

  • Arriendo de un único inmueble usado para vivienda;

 

  • Los intereses de préstamos hipotecarios otorgados por instituciones autorizadas, destinados a la ampliación, remodelación, restauración, adquisición o construcción, de una única vivienda.
  • Impuestos prediales de un único bien inmueble en el cual habita y que sea de su propiedad.

 

  • Cuáles son los gastos de educación que puedo usar como deducibles?

Entre otros, los siguientes:

  • Matrícula y pensión en todos los niveles del sistema educativo, inicial, educación general básica, bachillerato y superior, así como la colegiatura, los cursos de actualización, seminarios de formación profesional debidamente aprobados por el Ministerio de Educación o del Trabajo cuando corresponda o por el Consejo Nacional de Educación Superior según el caso, realizados en el territorio ecuatoriano;

 

  • Los gastos de educación superior realizados por cualquier dependiente del contribuyente, incluso mayor de edad.
  • Útiles y textos escolares, y materiales didácticos utilizados en la educación;

 

  • Servicios de educación especial para personas discapacitadas, brindados por centros y por profesionales reconocidos por los órganos competentes;
  • Servicios prestados por centros de cuidado infantil; y,

 

  • Uniformes.
  • Mi hijo es mayor de edad y yo pago sus estudios de la universidad. Puedo deducir de mis ingresos la pensión y la matrícula pagados por los estudios superiores de mi hijo?

 

Sí, siempre y cuando su hijo sea dependiente suyo. Esta dependencia se debe justificar mediante una declaración juramentada realizada ante Notario mediante la cual se justifique que no percibe ingresos y que depende económicamente de usted.

  • Cuáles son los gastos de salud que puedo usar como deducibles?

 

Son los siguientes:

  • Honorarios de médicos y profesionales de la salud con título profesional avalado por el Consejo Nacional de Educación Superior;

 

  • Servicios de salud prestados por clínicas, hospitales, laboratorios clínicos y farmacias autorizadas por el Ministerio de Salud Pública;
  • Medicamentos, insumos médicos, lentes y prótesis;

 

  • Medicina prepagada y prima de seguro médico en contratos individuales y corporativos.
  • El deducible no reembolsado de la liquidación del seguro privado

 

  • Cuáles son los gastos de alimentación que puedo usar como deducibles?
  • Compras de alimentos para consumo humano.

 

  • Pensiones alimenticias, debidamente sustentadas en resolución judicial o actuación de la autoridad correspondiente.
  • Compra de alimentos en centros de expendio de alimentos preparados (por ejemplo, en restaurantes).

 

  • Cuáles son los gastos de vestimenta que puedo usar como deducibles?

Se considerarán gastos de vestimenta los realizados por cualquier tipo de prenda de vestir.

  • Cómo sustento los gastos personales?

 

Los gastos realizados deben sustentarse en comprobantes de venta autorizados por el SRI, por ejemplo, facturas y notas de venta.

No obstante, existen ciertos gastos que no es obligatorio sustentarlos en comprobantes de venta, que son los siguientes:

  • Para sustentar los intereses de préstamos hipotecarios serán pruebas suficientes los certificados conferidos por la institución que otorgó el crédito; o el débito respectivo reflejado en los estados de cuenta o libretas de ahorro;
  •  En el caso de los valores pagados por los empleados por concepto de medicina prepagada y prima de seguro médico en los contratos corporativos, será prueba suficiente el rol de pagos.

 

Por supuesto, existen otros gastos que por su naturaleza no se sustentan en comprobantes de venta, como son el pago del Impuesto Predial o las pensiones alimenticias.

 

  • A nombre de quién debo pedir que se emita el comprobante de venta, para sustentar gastos personales?

Los comprobantes de venta pueden encontrase a nombre del beneficiario, su cónyuge o conviviente o sus hijos menores de edad o con discapacidad que no perciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente.

  • Cuando realizo una compra, debo pedir una factura o una nota de venta?

 

A partir del ejercicio económico 2010 existe un nuevo régimen de comprobantes de venta. La respuesta a la pregunta depende de la persona o entidad a quien se realice la compra, así:

  • La nota de venta es un comprobante que lo emiten únicamente determinadas personas naturales que se han sometido a un régimen tributario especial denominado Régimen Impositivo Simplificado – RISE. Son personas naturales que al no tener grandes ingresos pueden acogerse a este régimen (que exige varias condiciones adicionales). Si realiza una compra, por ejemplo, en la tienda de su barrio, y el tendero se encuentra inscrito en el RISE, le entregará necesariamente una nota de venta.  Para que le sirva como gasto deducible, debe pedir que en el comprobante se identifique el beneficiario (de conformidad con la respuesta a la pregunta anterior).

 

  • La factura la emiten los demás contribuyentes. Al igual que en el caso anterior, la factura debe identificar al beneficiario para que sea gasto deducible. Por lo tanto, no sirve para tales efectos una factura que se emita al consumidor final.
  • Puedo deducir sin límite los gastos personales?

 

No, únicamente se permite deducir hasta el 50% de los ingresos gravados que se obtengan en el año, con un máximo de 1.3 veces la fracción básica desgravada para el cálculo de Impuesto a la Renta.

  • Qué es la fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta?

 

Es el monto de ingresos que puede percibir una persona en un año y no se sujeta al pago del Impuesto a la Renta. Para el año 2015, las personas que perciban hasta $ 10.800.00 en el año, no deben pagar Impuesto a la Renta.  

 

A continuación se detalla la tabla de ingresos para el cálculo del Impuesto a la Renta vigente para el año 2015:

Impuesto a la Renta Personas Naturales

IMPUESTO A LA RENTA 2015

 

Año 2015 - En dólares

Fracción Básica

Exceso Hasta

Impuesto Fracción Básica

Impuesto Fracción Excedente

-

10.800

0

0%

10.800

13.770

0

5%

13.770

17.210

149

10%

17.210

20.670

493

12%

20.670

41.330

908

15%

41.330

61.980

4.007

20%

61.980

82.660

8.137

25%

82.660

110.190

13.307

30%

110.190

En adelante

 21.566

35%

 

  • Entonces, cuál es el monto máximo que puedo deducir en el año 2015 por concepto de gastos personales?

 

Es posible deducir máximo el 50% de los ingresos, con un límite de 1,3 veces la fracción básica desgravada (es decir: $10.800.00 x 1.3 = $14.040 máximo para el año 2015).

  • Existe un límite para deducir gastos personales de acuerdo con cada uno de ellos, es decir, un límite para gastos de educación, salud, vestimenta, alimentación y vivienda?

 

Los gastos de vivienda, educación, alimentación y vestimenta se pueden deducir con un máximo de 0,325 veces la fracción básica desgravada del impuesto a la renta.

Es decir, es posible deducir máximo $3.510 por cada uno de los rubros señalados.

En lo que respecta a gastos de salud, es posible deducir 1.3 veces la fracción básica desgravada, es decir, $14.040.00 en su totalidad.

 

IMPUESTO A LAS HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES

  • Qué es una herencia?

 

Es el conjunto de bienes derechos y obligaciones que deja una persona cuando fallece (causante) y que se transmite a las personas que la suceden (herederos o sucesores). La sucesión puede ser a título universal, si se sucede en todos los bienes, derechos y obligaciones, o a título singular cuando se sucede en una o más especies o cuerpo ciertos, como tal casa, tal automóvil, etc.

  • Quienes son herederos?

 

Son las personas a las que la ley otorga el derecho para recibir una herencia. Si el causante realizó un testamento, los beneficiarios de las asignaciones que en aquel consten se denominan legatarios.

Cabe recordar que, de manera general, la o el cónyuge no tiene la calidad de heredero. Si existe sociedad conyugal, es dueño del 50% de los bienes, derechos y obligaciones. Únicamente adquiere la calidad de heredero si, por ejemplo, el heredero no hubiere dejado hijos o ascendientes.

  • Qué es un testamento?

 

Es un instrumento mediante el cual una persona (testador), mientras aún se encuentra con vida, decide realizar asignaciones singulares sobre sus bienes, a favor de ciertas personas, sean o no herederos, con la finalidad que pasen a su propiedad una vez que haya fallecido.

  • Existen límites sobre los bienes que pueden ser objeto de testamento?

 

Sí. La ley establece las denominadas asignaciones forzosas, que son aquellas que el testador o la ley obliga a hacer. De manera general, las reglas son las siguientes:

  • La mitad de los bienes del causante deben necesariamente asignarse a los herederos, ya sean hijos o ascendientes.
  • La otra mitad puede ser asignada al arbitrio del testador, si bien deben respetarse las siguientes reglas: i) una cuarta parte necesariamente debe servir para mejor la cuota de uno o más descendientes y, ii) la otra cuarta parte es de libre disposición del testador, quien la puede asignar a cualquier persona.

 

  • Se debe pagar algún impuesto por recibir una herencia? Quién lo debe pagar?

Las personas que obtengan un acrecimiento patrimonial motivado por la transmisión de dominio y la transferencia a título de gratuito de bienes y derechos situados en el Ecuador, cualquiera que fuere el lugar del fallecimiento del causante o la nacionalidad, domicilio o residencia del causante o donante o sus herederos, legatarios o donatarios.

También los residentes del Ecuador a favor de quienes se transmita o transfiera el dominio de bienes o derechos que hubiere poseído el causante o posea el donante en el exterior.

  • Cuándo se genera el impuesto en el caso de herencias y legados?

 

El hecho generador del impuesto a la herencia lo constituye la delación, es decir, el momento en que fallece la persona de cuya sucesión se defiere al heredero o legatario.

  • Es decir, inmediatamente de fallecida una persona, surge la obligación de pagar el impuesto?

 

No. Si bien la obligación tributaria nace cuando fallece el causante, la obligación es exigible 6 meses después de dicho suceso, momento en el cual deberá presentarse la declaración correspondiente. Por ejemplo, si una persona falleció el 1 de enero de 2014, se debió declarar y pagar el impuesto a la herencia el 1 de julio de 2014.

 

  • Cuándo se genera el impuesto en el caso de donaciones?

El hecho generador del impuesto lo constituye el acto o contrato por el cual se transfiere el dominio. El impuesto se pagará en forma previa a la inscripción de la escritura o contrato pertinente.

  • Cuál es la tarifa del impuesto?

 

El SRI emite cada año una tabla para el cálculo del impuesto a la herencia, legados y donaciones. A continuación se exponte la tabla aplicable para el año 2015:

           

Año 2015 - En dólares

Fracción Básica

Exceso Hasta

Impuesto Fracción Básica

Impuesto Fracción Excedente

-

68.880

-

0%

68.880

137.750

-

5%

137.750

275.500

3.444

10%

275.500

413.270

17.219

15%

413.270

551.030

37.884

20%

551.030

688.780

65.436

25%

688.780

826.530

99.874

30%

826.530

En adelante

141.199

35%

        

  • Bajo qué criterios puedo valorar los bienes objeto de una herencia, legado o donación?

 Depende de lo que se trate, así:

BIEN

CRITERIO

Bienes muebles en general

Avalúo comercial declarado por el beneficiario

Bienes inmuebles

Mínimo: i) el avalúo comercial asignado por peritos en el juicio de inventarios y, ii) el avalúo comercial del catastro municipal.

Valores fiduciarios y documentos que se coticen en Bolsa de Valores

El valor que se les atribuya en la Bolsa a la fecha de declaración del impuesto.

Acciones o participaciones

Valor en libros al 31 de diciembre del año anterior a la fecha de presentación de la declaración.

Automotores

Avalúo que consta en la base de datos del SRI, vigente en el año en que ocurrió el hecho generador del impuesto.

Derechos de uso y habitación

60% del valor de inmueble

Nuda propiedad

40% del valor del inmueble.

  • Puedo deducir algún rubro del valor de los bienes y derechos sucesorios, de los legados o de las donaciones?

 

Se permiten únicamente las siguientes deducciones:

  • Los gastos de la última enfermedad, de funerales, de apertura de la sucesión, publicación del testamento (que no hayan sido cubiertos por seguros).
  • Las deudas hereditarias, incluso los impuestos que se hubiere encontrado adeudando el causante.
  • Los derechos de albacea con tenencia de bienes.

 

  • Existe alguna exoneración o rebaja?

En el caso que los beneficiarios de herencias y legados se encuentren dentro del primer grado de consanguinidad con el causante y sean mayores de edad, las tarifas de la tabla se reducen a la mitad.

En el caso que los hijos del causante sean menores de edad o con discapacidad de al menos el 30%, están exonerados del impuesto.

 

  • Puede explicar con un ejemplo cómo debo calcular el impuesto?

Por supuesto. Supongamos que una persona casada fallece sin realizar testamento. Su patrimonio, que lo tiene en sociedad conyugal, asciende a $ 1.600.000,00. La fecha del fallecimiento fue el 1 de enero de 2014. Tuvo 4 hijos.

Para conocer el monto del impuesto a la herencia que corresponde a cada heredero se debe realizar las siguientes operaciones:

  • La mitad del patrimonio del causante pertenece al cónyuge sobreviviente, el cual no tiene la calidad de heredero. En tal virtud, el monto de la herencia asciende a $ 800.000,00.
  • Se reparte la herencia para cada heredero. Toda vez que son 4, a cada hijo le corresponde $200.000,00.

 

  • El 1 de julio de 2014 cada hijo debió realizar la declaración respectiva. El pago del impuesto debió suceder de la siguiente forma:
    • Con una base imponible de $200.000,00 cada heredero se ubica en el siguiente lugar de la tabla vigente para el año 2014:

 

    • Por lo tanto, debería pagar $3.319 por impuesto a la fracción básica más el 10% del excedente.

 

    • Consecuentemente, el cálculo es el siguiente: $3.319 por impuesto a la fracción básica + el 10% del excedente [200.000 (base imponible) – 132.760 (fracción básica) = 67.240 x 0,10 = $ 6.724] = $10.043.
    •  No obstante, al encontrarse el beneficiario dentro del primer grado de consanguinidad con el causante, las tarifas de la tabla se reducen a la mitad. Por lo tanto, el impuesto a pagar por cada heredero sería de $5.021,5.

 

  • En qué formulario realizo la declaración del impuesto?

La declaración del impuesto se realiza en el denominado formulario 108. Se adjunta como anexo dicho formulario.

  • Qué sucede si no pagué el impuesto 6 meses después del fallecimiento?

 

Se generan multas e intereses, en el siguiente sentido:

  • Multas: El 3% sobre el impuesto causado en la declaración por cada mes o fracción de mes de retraso en la presentación de la declaración. La multa no excederá del 100% de dicho impuesto.

 

  • Intereses: La falta de declaración y pago del impuesto genera un interés por mora equivalente a interés anual equivalente a 1.5 veces la tasa activa referencial para noventa días establecida por el Banco Central del Ecuador, desde la fecha de su exigibilidad hasta la de su extinción. Este interés se calculará de acuerdo con las tasas de interés aplicables a cada período trimestral que dure la mora por cada mes de retraso sin lugar a liquidaciones diarias; la fracción de mes se liquidará como mes completo.
  • Qué sucede si no he pagado durante varios años el impuesto a la herencia, legados y donaciones?

 

La obligación tributaria se extingue si transcurre un determinado período de tiempo (prescripción) que es de:

  • cinco años, contados desde la fecha en que fueron exigibles; y,
  • siete años, desde aquella en que debió presentarse la correspondiente declaración, si ésta resultare incompleta o si no se la hubiere presentado.

 

En el caso que no se haya presentado declaración, se aplica el plazo de prescripción de 7 años.

Para el efecto, una vez transcurrido dicho plazo, se debe presentar un escrito al SRI solicitando que se declare la prescripción del impuesto, con lo que se extingue la obligación, sus intereses y multas.

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