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Preguntas Frecuentes

Aquí le presentamos con un listado de las preguntas frecuentes y sus respectivas respuestas para el Ecuador. Si tiene alguna otra pregunta que no esté planteada en este listado, se le agradecerá que nos consulte vía correo electrónico, utilizando el formulario en nuestra sección de contacto y solicite la respuesta a su consulta.



¿Puedo sin la necesidad de viajar al Ecuador comprar un terreno, bien inmueble, local comercial, vehículo o cualquier bien que requiera elaboración de un título de propiedad debidamente registrado ante autoridad ecuatoriana?

Sí, lo puede hacer tranquilamente, realizando en el país donde reside un poder especial (debidamente apostillado o legalizado y si está en idioma extranjero deberá ser traducido al idioma castellano e igualmente apostillado o legalizado) a favor de una persona de su alta confianza, para que esta le represente en todas las diligencia necesarias con la finalidad de perfeccionar el traspaso de dominio del bien que desea adquirir a su nombre. Este poder especial, debe ser realizado ante autoridad competente, es decir, lo puede realizar en el Consulado del Ecuador más cercano a su residencia o ante Notario Público en el país donde reside.

Como consejo se le indica que es preferible solicitar a un abogado de confianza con licencia en el Ecuador, que le envíe vía correo electrónico la minuta respectiva, que es en definitiva, el borrador del texto que será incluido en el poder especial, para que posteriormente no tenga inconvenientes por falta de alguna formalidad necesaria para el perfeccionamiento del traspaso de dominio del bien a ser objeto de la compra venta.

¿Por qué se solicita que algunos documentos que van a ser utilizados en el Ecuador deban estar apostillados o legalizados y cuál es la diferencia entre el uno y otro?

Es sencillo, las autoridades ecuatorianas para dar validez a un documento otorgado por autoridad pública extranjera, requiere que el documento haya sido certificado en el país de origen, por tal motivo, si usted reside en un país que suscribió la ¨Convención de la Haya sobre la Apostilla”, usted deberá apostillarlo y que en definitiva es colocar una certificación dando validez al mismo para ser usado en otro país, y si en el país donde reside no es parte de este Convenio, lo deberá legalizar ante el Consulado del Ecuador más cercano a su lugar de residencia, y si no existiere, deberá legalizarlos ante el Consulado ecuatoriano concurrente, es decir, que se encuentra en otro país pero que la normativa ecuatoriana lo ha designado como Consulado concurrente (alterno) para poder legalizar el documento requerido. Si su caso es este último, se le recomienda primeramente llamar al Consulado a solicitar la cita respectiva y en caso de tener alguna inquietud, realizarla.

¿Se requiere un socio ecuatoriano para constituir una empresa en Ecuador?

No, puede constituir una compañía sujeta al control de la Superintendencia de Compañías y Valores, exclusivamente con socios extranjeros, declarando únicamente el tipo de inversión que se realiza. Podremos asesorarle en la constitución del tipo de compañía que más se ajuste a sus requerimientos, con la finalidad de potenciar sus beneficios cumpliendo siempre la normativa legal aplicable.

De igual forma, si usted tiene una empresa constituida en el extranjero y requiere realizar cualquier actividad dentro del territorio ecuatoriano, podremos asesorarle para constituir una sucursal en el país y también representar legalmente como mandatarios ante las autoridades competentes.

¿Necesito ser ciudadano ecuatoriano o residente legal para abrir una cuenta bancaria personal o para mi empresa?

No requiere ser ciudadano ecuatoriano, pero sí requiere contar con el certificado de empadronamiento emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, dependiendo de su circunstancia específica, podremos asesorarle en la apertura de una cuenta bancaria personal ajustada a sus necesidades.

De igual forma, si es su empresa la que requiere la apertura de una cuenta bancaria, le asesoraremos en toda la estructura necesaria para ese fin.

¿Puedo constituir en el Ecuador una empresa con un solo socio?

Dependiendo del tipo de compañía, si es una compañía anónima o limitada mínimo requerirá dos accionistas o socios, pero podrá posteriormente subsistir con uno solo.

¿Cuál es el tipo de empresa o sociedad más apropiado para un extranjero en el Ecuador? ¿Cuál es la más utilizada?

Básicamente son dos tipos de compañías, la primera es la de Responsabilidad Limitada, se caracteriza por ser una sociedad personalista con capital cerrado, requiere autorización unánime de todos los socios para permitir el ingreso de uno nuevo; y por otro, las denominadas Anónimas o Capitalistas, su característica principal es la flexibilidad de transferencia o movimiento de sus acciones, no requieren ninguna autorización. En todo caso, podremos asesorarle para determinar la mejor figura jurídica que resguarde sus intereses y su inversión.

¿Soy extranjero y quiero saber si en el Ecuador puedo constituir una empresa que tenga el mismo nombre comercial que utilizo en mi país de origen?

Podrá reservar el nombre de la compañía que se constituya en el Ecuador, siempre y cuando el nombre esté disponible, es decir, que no esté siendo utilizado por otra compañía o sea muy parecido o induzca a la confusión. Recomendamos siempre determinar ante la autoridad de control la factibilidad de aprobación del nombre requerido.

¿Puedo constituir una compañía en Ecuador, sólo para convertirla en exportadora?

En Ecuador debe constituir una compañía con un objeto único que abarque el conjunto de actividades relacionadas a ese objeto, por lo cual, perfectamente puede constituir una compañía dedicada exclusivamente a la exportación con las demás actividades que integren su cadena productiva.

¿Debo tener una dirección en Ecuador para abrir mi empresa?

Sí al constituir una compañía en Ecuador necesariamente deberá estar domiciliada y con un representante legal, para todos los efectos, tanto tributarios como legales.

¿Tengo que contratar empleados?

No tiene la obligación de contratar empleados, puede constituir una empresa unipersonal. Sin embargo, necesariamente deberá afiliarse al IESS, al menos debe existir un aportante, sea un empleado o el Gerente.

¿Estoy obligado a contratar un contador?

Toda sociedad está obligada a llevar contabilidad desde su inscripción en el Servicio de Rentas Internas, con las excepciones del caso. Si se trata de personas naturales deben llevar contabilidad siempre que se cumplan cualquiera de las siguientes condiciones:

  • Inicie con un capital propio superior a los USD 60.000
  • Tenga ingresos brutos anuales de su actividad económica, del ejercicio fiscal inmediato anterior, superiores a USD 100.000
  • Tenga costos y gastos anuales, de su actividad empresarial del ejercicio fiscal inmediato anterior, superiores a USD 80.000.

Si usted se dedica a la actividad exportadora como persona natural, independientemente del valor, debe llevar contabilidad.

¿Existe en Ecuador alguna entidad oficial que autorice la emisión de facturas al igual que en mi país?

Una vez inscriba la sociedad ante el Servicio de Rentas Internas, y obtenga el RUC, podrá solicitar sus facturas ante cualquier imprenta o entidad gráfica autorizada.

¿Deseo comprar activos, lo hago como empresa o puedo hacer la transacción como persona?

Nuestros servicios legal-tributarios están encaminados a asesorarle debidamente, cumpliendo para el efecto con la normativa legal aplicable.

¿Se requiere visa para constituir una empresa en Ecuador?:

Sí, para constituir una compañía sujeta al control de la Superintendencia de Compañías, debe obtener una visa de inversionista, nos especializamos en estructurar adecuadamente todos los aspectos de su inversión.

¿Soy extranjero y uno de mis abuelos fue ecuatoriano, puedo de alguna manera obtener la nacionalidad ecuatoriana?

Sí, se le recuerda que el Ecuador entre uno de sus principios de la nacionalidad contempla el conocido derecho al “ius sanguinis”, qué es otorgar el derecho de obtener la nacionalidad ecuatoriana por ser un extranjero descendientes de padres y/o abuelos ecuatorianos. Este trámite es de exclusividad del Registro Civil, Identificación y Cedulación del Ecuador.

¿Soy extranjero y deseo realizar el trámite para obtener la nacionalidad ecuatoriana pero lastimosamente uno de los documentos que me solicitan es la partida de nacimiento de mi país de origen, la misma que no puedo obtener ya que debido a diversos conflictos bélicos en mi país está desapareció y por tal motivo, no puedo presentarla?

Sí, existe una salvedad otorgada por el “Decreto Supremo 759” de 15 de septiembre de 1975, que permite como prueba supletoria realizar una declaración juramentada ante Notario Público ecuatoriano, con todos los elementos de la partida de nacimiento, siempre y cuando el país de origen de la persona que requiere presentar este documento, estuvo o esté envuelto en una gran conmoción interna, guerra o cuya Institución Pública que debía otorgar este documento no lo puede hacer o desapareció por cualquier motivo comprobado.

¿Soy extranjero y deseo obtener la nacionalidad ecuatoriana por intermedio de “Carta de Naturalización” y entre uno de los requisitos que debo haber cumplido, es no haberme ausentado más de 90 días en los 3 primeros años desde que obtuve mi primera cédula de identidad. Lastimosamente, supere este tiempo, existe alguna salvedad?

Sí, existen dos salvedades, aquellas que refieren a que tuvo que ausentarse por motivos de educación o por motivos de salud. Para ambos casos, deberá presentar los documentos justificativos tanto de la Entidad Educativa, como de la Institución de Salud, y los mismos deberán estar debidamente apostillados o legalizados, según su caso.

¿Un funcionario público puede abstenerse a recibir mi solicitud en cualquier materia, porque dice que no cumplo con todos los requisitos?

No, conforme al “derecho de petición” que tiene cualquier persona en el Ecuador, esta puede presentar cualquier solicitud a una entidades pública, aunque no haya completado todas las formalidades del caso, la misma que la recibirá para realizar el respectivo análisis y posteriormente informará al solicitante sí su trámite sigue, requiere ser completo o ha sido negado.

Soy ecuatoriano que vivo fuera de nuestro país, no puedo regresar a nuestra tierra y requiero de urgencia presentar para un trámite mi ¨record policial ecuatoriano¨ ¿Que me aconseja para obtenerlo debidamente legalizado?

Sencillo, el funcionario consular ecuatoriano acreditado en el exterior, está al servicio de sus con-nacionales, en tal sentido, acérquese al Consulado del Ecuador más cercano y solicite su record policial debidamente legalizado, una vez que el Consulado tiene acceso a certificar documentos de autoridades ecuatorianas y una vez que este certificado se encuentra disponible por internet por parte del Ministerio del Interior del Ecuador, lo pueden imprimir, certificar su autenticidad y legalizarlo para que sea utilizado en el país donde usted se encuentra.

Soy una madre ecuatoriana que vive en nuestro país y que tengo un hijo menor de edad cuyo padre vive en el extranjero y no le atiende en sus necesidades económicas. ¿Puedo hacer algo al respecto?

Sí, todo niño ecuatoriano tiene derecho a crecer en un ambiente sano, lleno de amor y junto a sus seres queridos. En su caso en particular, su pareja al ser padre de su hijo tiene la obligación legal y moral de colaborar económicamente para el desarrollo emocional, físico y educativo de su hijo, en tal sentido, no es justificación de que se encuentra en país extranjero para no aportar por lo menos en lo económico y para tal efecto, existe la normativa nacional y extranjera para entablar la acción legal correspondiente con la finalidad de obligar a su pareja a cumplir con sus obligaciones como padre. 

Para cualquier duda o requerimiento de nuestros servicios, por favor ingrese su consulta legal aquí.

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