Con la publicación el 20 de mayo en el Registro Oficial de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento y Optimización del Sector Societario y Bursátil, la norma entró en plena vigencia, al igual que varias modificaciones al sector. La Superintendencia de Compañías pasa a llamarse también de Valores, y con este cambio la institución empieza una de las principales modificaciones que plantea la ley, la constitución de empresas en línea.

 El objetivo de esta medida es que las personas puedan crear empresas de forma electrónica desde la página web www.supercias.gob.ec. De esta manera, el usuario ahorrará tiempo y dinero, lo cual facilitará el emprendimiento de negocios formales. Adicionalmente, la Institución ya no aprobará ciertos actos societarios como aumentos de capital o reformas estatutarias, y tampoco realizará publicaciones de resolución y extractos en la prensa, las cuales ahora podrán revisarse en el portal web institucional.

Con esta nueva ley también se incorporan importantes cambios a la legislación de mercado de valores. Así, la facultad de supervisión y control de la Institución se ve fortalecida con nuevas herramientas que permitan la detección y sanción de conductas que lesionen el mercado.

La protección al inversionista se refuerza con normas más claras para los intermediarios de valores, las calificadoras de riesgo y las auditoras externas; y el acceso de las pymes (pequeñas y medianas empresas) se vuelve más sencillo a través de la creación de un segmento especial del mercado de valores: el Registro Especial Bursátil (REB). De igual forma, las bolsas de valores deberán convertirse en sociedades anónimas y se crea la figura de la Banca de Inversión, que podrán ejercer las casas de valores que se califiquen para ofrecer el servicio de buscar inversión y financiamiento en este mercado. La recién publicada norma también crea incentivos tributarios a los participantes del mercado de valores. Por ejemplo, estarán exonerados del impuesto a la renta las ganancias de capital obtenidas por las inversiones de renta variable que se negocien a través de la Bolsa; y tendrán tarifa 0% del Impuesto al Valor Agregado las comisiones por servicios bursátiles.

También serán deducibles 1,5 veces los gastos en los que una empresa no financiera incurra para ser emisor de obligaciones u originador de titularizaciones de activos; y estarán exentas de impuesto a la salida de divisas el capital, ganancias de capital y rendimientos financieros de las inversiones externas en el mercado de valores que hubieran permanecido en Ecuador por al menos un año, entre otros beneficios.

Otro tema que plantea la Ley Orgánica para el Fortalecimiento del Sector Societario y Bursátil es el aumento de multas para aquellas compañías que no presentan sus estados financieros. En la actualidad la sanción por no presentar este documento era de 48 dólares, pero con la nueva norma será un salario básico, es decir 340 dólares.

FUENTE: Cámara de Comercio de Quito

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